En una casa pueden ocurrir muchos percances que, en ocasiones, son inevitables. Por eso, para vivir tranquilos es muy importante contar con un buen seguro del hogar que nos garantice las coberturas que más se ajusten a nuestro estilo de vida.
Cuando vas a hacer una póliza debes asegurarte de qué alcance tiene el seguro que te ofrecen y tener claro qué situaciones tienen cobertura y cuáles no.
Es importante que te asesoren bien para elegir el producto que mejor se ajuste a tus necesidades y a tu vivienda. De esta forma evitarás acabar pagando de más por servicios o coberturas que no necesitas, pero también para que no pagues de menos y te quedes expuesto ante ciertas situaciones que has dejado descubiertas de protección o infraprotegidas.
Pues bien, una póliza multiriesgo de hogar cubre numerosas situaciones, como pueden ser los daños por agua, por incendio, robo, etc. cuyos daños directos son reparados por la aseguradora.
En el último informe elaborado por UNESPA (Asociación Empresarial del Seguro) El seguro del hogar y los gremios de reparadores, se revelan las estadísticas sobre las reparaciones de hogar que más realiza el seguro; del estudio se extrae que tres cuartas partes de las reparaciones debidas a sucesos inesperados en la vivienda corren por cuenta de un contrato de seguro.
Estos datos demuestran que más de la mitad de los desperfectos que reparan las compañías aseguradoras se deben mayoritariamente a daños por agua (en un 50% de casos), seguidos de rotura de cristales (20%) y las averías por daños eléctricos (12%).
Es más, en cuatro de cada diez ocasiones en las que una aseguradora tiene que requerir los servicios de un reparador, este suele ser un fontanero. Los fontaneros son, de largo, el gremio de reparadores que más necesitan las casas.
En el caso de los siniestros que requieren de la mano de obra de dos o más reparadores, la opción más habitual es la de albañiles, pintores y fontaneros.
¿Qué son los daños estéticos en un seguro de hogar?
Fruto de los daños que se mencionan más arriba pueden producirse otros perjuicios indirectos, es decir, no causados por los riesgos cubiertos sino porque sea imposible encontrar materiales iguales, o por las diferencias que puedan observarse entre las zonas recién reparadas y las que no habían resultado dañadas. Estos se conocen como daños estéticos.
Si hemos sufrido una pequeña inundación en casa, con origen en una de las tuberías del baño, es posible que se hayan visto dañados el suelo del baño, el suelo del pasillo, o incluso el suelo del salón, si se trata de estancias colindantes. En este caso, la compañía aseguradora procederá al arreglo de la tubería, del suelo del baño afectado, y del suelo del salón afectado, pero no tocará el resto del suelo que se haya visto afectado, por lo que veremos una diferencia entre el suelo reparado y el que teníamos.
Al objeto de evitar estas diferencias se contratan las coberturas de daños estéticos en los seguros de hogar. Sólo en el caso de que nuestro seguro de hogar contemple esta cobertura, la compañía aseguradora dejará el resto del suelo en el mismo estado, de manera que el conjunto no quede alterado y el aspecto total sea similar al que la casa presentaba antes de sufrir el siniestro.
En el supuesto anterior, hemos nombrado daños ocasionados al continente del domicilio, es decir a sus paredes y suelos, pero es importante saber que estas coberturas pueden incluir también los daños al contenido, de manera que, si tras el siniestro uno de nuestros muebles queda dañado, en el caso de tener esta cobertura de daños estéticos la compañía debe reponer el mueble dañado por otro de calidad similar.
En ocasiones, esta cobertura requiere su contratación específica y, generalmente, tiene un límite económico que vendrá detallado en la póliza. Su objetivo es que el daño producido por un siniestro no altere la unidad estética del bien afectado. Es decir que se guarde una uniformidad entre el material usado o zona reparada y el que previamente existía.
¿Qué se considera un daño estético?
Imagina que ha habido una rotura de agua en la vivienda que ha ocasionado daños en el parqué. La compañía repara la zona dañada, pero va a quedar una gran diferencia entre la zona reparada y el resto de la estancia.
O que para reparar una tubería reventada que pasa por una pared es necesario romper azulejos que es imposible encontrar de nuevo y hay que cambiar toda esa pared o hacer un arreglo adecuado para que la estancia recupere un aspecto lo más parecido posible a lo que tenía.
Otro ejemplo sería una gotera que ha ocasionado daños en la columna de una estancia, que se repara y se pinta, pero hay que igualar la pintura de las paredes anexas, ya que se notará mucho la diferencia entre la pintura nueva y la que tienen dichas paredes. Aquí es donde entra en juego la cobertura de daños estéticos del continente.
Tener contratado este tipo de cobertura es muy interesante ya que un siniestro en nuestra vivienda puede resultar muy costoso, especialmente si los daños producidos han roto la unidad estética de una estancia. El coste de dejar todo como estaba puede ser muy elevado y disponer de esta garantía nos ayudará a reducirlo o eliminarlo.
Para que te hagas una idea más concreta de las características y circunstancias referidas a la cobertura de Daños Estéticos del seguro de hogar podemos destacar varias:
- Esta cobertura por daños estéticos puede hacer sobre continente y sobre contenido de la vivienda asegurada.
- Para que se active dicha cobertura tiene que darse previamente un siniestro en el hogar que esté cubierto por la póliza, como el daño por el agua, el incendio…
- Generalmente esta cobertura se refiere a las estancias de la vivienda afectadas por el siniestro, no siendo extensible a otras que no hubieran resultado dañadas, aunque no existan puertas u otras delimitaciones entre una y otra estancia.
- Se encuentra limitada económicamente al capital máximo establecido en las Condiciones Particulares de la póliza.
Diferencia entre daños directos y estéticos
Como estamos viendo, un porcentaje muy considerable de los siniestros que ocurren en el domicilio tienen que ver con escapes de agua, inundaciones, problemas con los grifos o con las tuberías… Estos siniestros ocasionan daños directos, que son los que nuestros seguros de hogar cubren de forma habitual, ya que se encuentran incluidos dentro del arreglo del siniestro, pero hay daños colaterales que en ocasiones no se encuentran cubiertos.
¿Por qué el término “colaterales”? Pues precisamente porque, aunque han sido provocados a consecuencia de un siniestro, no se encuentran incluidos en la reparación del siniestro en sí, por lo que las compañías aseguradoras solicitan que esté incluida la cobertura de la que hablamos: los daños estéticos. En ocasiones, las variaciones en los precios de las pólizas de seguro de hogar, junto con la sensación de que no se van a necesitar, nos lleva al error de no contratar esta cobertura.
Por lo tanto, los daños directos podrían considerarse como los producidos por la rotura de una tubería de agua, que nos provoca una gotera que hay que reparar para que el agua deje de manar, y los daños estéticos, los causados a consecuencia de la fuga de agua que nos puede dañar la pintura de una pared, la madera del suelo, unas cortinas…
¿Qué daños no están cubiertos?
Hay que tener en cuenta que las compañías aseguradoras tienen unos límites establecidos en cuanto a los daños de los que se harán cargo, y que dicho límite ha de venir estipulado en el contrato de seguro de hogar que firmemos. Dichos límites suelen establecerse alrededor de los 1.800 euros, si bien hay compañías que nos permitirán aumentar esta cantidad hasta los 6.000 euros, si bien, como es obvio, el precio de nuestra póliza también aumentará.
Junto con las limitaciones que se hagan constar en la póliza de daños estéticos del seguro de hogar deben hacerse constar las exclusiones, para que en su momento no tengamos disgustos innecesarios. Así, por ejemplo, las compañías excluyen de estos daños estéticos los que se produzcan en molduras de escayola, así como los que se produzcan fuera de lo que sean estancias; por ejemplo, los daños que puedan producirse en un pasillo, que no es considerado estancia, quedarían excluidos de la cobertura por daños estéticos. Y por supuesto, se encuentran también excluidos piscinas, muros y vallas.
Además, se trata de una cobertura que no es de aplicación inmediata por parte de la compañía aseguradora, sino que requiere de la presentación de una certificación de los trabajos realizados, como puede ser una factura, para que se proceda a la indemnización de estos gastos. Y no están incluidos tampoco los daños estéticos que se hayan podido ocasionar a terceros, ya que en todo caso estos estarían incluidos en la póliza de Responsabilidad Civil.
¿Puedo cobrar la indemnización y no reparar el daño?
Sí es posible reclamar a un seguro de hogar la indemnización correspondiente por los daños sufridos en lugar de que sus profesionales te reparen el daño, ya que ambas opciones suelen estar a nuestra disposición cuando contratamos un seguro.
Hay casos, sin embargo, en los que explícitamente se firma una renuncia a la posibilidad de ser indemnizado, así que, si estás en esta situación, entonces tu compañía podría hacer valer su derecho de no abonarla. Si no has firmado esta cláusula, deberían formalizar el abono de esta indemnización en un plazo no superior a los cuarenta días.
Ya sabemos que hay formas de ahorrar cuando contratamos un seguro de hogar, y una de ellas puede ser dejar fuera de su articulado la cobertura de daños estéticos, de manera que solo se produzca la reparación del siniestro.
Sin embargo, desde Filhet Allard MDS te recomendamos valorar el precio de reponer un suelo de parqué por completo, en comparación con la inclusión de esta cobertura de daños estéticos en tu póliza de seguro de hogar. Es muy posible que te alegres de haberla contratado en el momento que la necesites.