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Tras la tempestad que nos dejó Filomena el pasado año, las aseguradoras recibieron un aluvión de llamadas por destrozos ocasionados por el temporal y por conductores que estaban atrapados.

Daños más comunes ocasionados por la nieve

Los daños más comunes que se registraron esos días fueron la retirada de los vehículos que quedaron atrapados en la carretera (en algunos casos volcados) y el traslado de los viajeros; desperfectos de los vehículos debido a caída de ramas de los árboles repletos de nieve; daños ocasionados por el deshielo en zonas altas de los edificios; daños en el interior de vehículos a causa también del deshielo; coches averiados por las bajas temperaturas, entre otros.

Daños cubiertos por los seguros

Cuando se producen daños en la vivienda, en la comunidad de vecinos, en un local comercial o en el vehículo provocado por las condiciones climatológicas lo primero es acudir a la compañía aseguradora para conocer qué tipo de coberturas tenemos cubiertas en nuestro seguro de hogar.  Por norma general, cada vez es más frecuente que se incluyan los daños causados por fenómenos meteorológicos, entendidos como tal la lluvia, el pedrisco, el viento, el granizo y la nieve. Sin embargo, que la póliza contemple estos fenómenos no implica que los cubra en todos los casos. De hecho, hay que cumplir unos requisitos, que en el caso de la lluvia se sitúa en 40 litros por metro cuadrado/hora, y en el caso del viento, tiene que ser superior a los 80 km/hora. Hay que tener en cuenta que estos límites pueden variar según las aseguradoras.

Daños cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros

Aquellos daños que tienen la consideración de extraordinarios están cubiertos por el Consorcio de Compensación del Seguro. Se trata de una entidad pública que recibe de cada póliza contratada por las aseguradoras un porcentaje de la prima. De esta manera, quedan cubiertas grandes pérdidas materiales y personales, como consecuencia de grandes catástrofes como son los terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, caídas de cuerpos siderales, tempestades ciclónicas atípicas e inundaciones extraordinarias.

El Consorcio podrá indemnizar los daños que se deriven de aquellas inundaciones que tengan como causa el deshielo o la caída de los árboles debido a fuertes vientos o el exceso de peso de la nieve. En cualquier caso, volvemos a insistir en que lo primero es consultar con la compañía aseguradora, para que esta informe sobre los pasos a seguir.

Para que este organismo abone los daños ocasionados por fenómenos extraordinarios hay que cumplir varios requisitos, entre los que se encuentra tener contratado un seguro, que la póliza esté en vigor en el momento de producirse el siniestro y estar al corriente de pago.

Fotografías y vídeos para el peritaje

Si tu vivienda, local o vehículo sufre algún desperfecto te aconsejamos que realices fotografías y vídeos del lugar donde ha ocurrido el siniestro, porque es una manera de acelerar los trámites, en el caso de incrementarse las llamadas telefónicas a las aseguradoras, el servicio pueda ralentizarse, y la asistencia de un perito tarde más de lo deseado.